Reglamento de la UE para impedir el comercio de productos provenientes de la deforestación

El pasado 29 de junio entró el vigor el Reglamento 2023/1115, de 31 de mayo de 2023, con el objetivo de limitar e impedir la comercialización en el mercado de la Unión Europea y la exportación desde la Unión de materias primas y productos cuando estén relacionados con la deforestación y la degradación forestal.

La norma afecta a seis materias primas: ganado bovino, cacao, café, caucho, palma aceitera, soja y madera. Incluye también un conjunto de productos derivados, como la carne de bovino, el cuero, el papel impreso, el aceite de palma, la harina de soja, el chocolate, los muebles, los neumáticos y las prendas de vestir que incorporen caucho vulcanizado.

Se determina que los operadores y comerciantes, antes de introducir, comercializar o exportar productos en la UE, habrán de presentar la correspondiente declaración de debida diligencia que certifique que estén exentos de deforestación y que han sido producidos en conformidad con la legislación del país de producción.

Deberán aportar información relevante, como por ejemplo la geolocalización de las parcelas de terreno donde se produjeron las materias primas del producto o utilizadas para su elaboración, así como la fecha de producción.

Deberán también hacer una evaluación de riesgo de que los productos que no sean conformes con el reglamento y, por último, deberán adoptar medidas de reducción del riesgo.

Solo podrán introducirse, comercializarse o exportarse en el mercado de la Unión, las materias primas y los productos derivados incluidos en el reglamento que cumplan las siguientes condiciones:

  • Que sean libres de deforestación.
  • Que hayan sido producidos de conformidad con la legislación del país de producción.
  • Que estén amparados por una declaración de diligencia debida.

Las autoridades podrán actuar adoptando medidas provisionales inmediatas, exigiendo al operador o comerciante que adopte medidas correctoras adecuadas y retirando, recuperando, eliminando o donando el producto con fines benéficos.

Los Estados miembros podrán establecer el régimen de sanciones aplicables a cualquier infracción.

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Ariadna del Valle · ariadna.delvalle@mxns.com

Departamento de Seguridad Alimentaria – Expert Services