Límites de desoxinivalenol más exigentes en alimentos

El desoxinivalenol (DON), también conocido como “vomitoxina”, es una micotoxina de la familia de los tricotecenos (toxinas no estrogénicas) producida por hongos del género Fusarium que contaminan los cereales y alimentos a base de cereales.

Los límites máximos de DON están regulados por el Reglamento (UE) 2023/915 relativo a los límites máximos de determinados contaminantes en los alimentos y por el cual se deroga el Reglamento (CE) nº 1881/2006.

De acuerdo con el dictamen científico de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria realizado en 2017 sobre los riesgos para la salud humana y animal relacionados con la presencia de desoxinivalenol en alimentos, la ingesta diaria tolerable para el DON debía considerarse como una ingesta diaria tolerable de grupo para la suma de DON, 3-acetil-desoxinivalenol (3-Ac-DON), 15-acetil-desoxinivalenol (15-Ac-DON) y desoxinivalenol-3-glucósido (DON-3-glucósido).

A falta de datos e información en los procedimientos analíticos rutinarios para la suma de DON, a fin de garantizar un alto nivel de protección de la salud pública, la Comisión ha decido que conviene reducir determinados límites máximos existentes para el DON y, por tanto, modificar el Reglamento (UE) 2023/915 mediante el Reglamento (UE) 2024/1022.

Con esta nueva norma, además de la reducción de los niveles de DON para determinadas categorías, también se han reorganizado las categorías de alimentos en los que son aplicables dichos límites, incluyendo alimentos que antes no estaban contemplados, como por ejemplo las palomitas, la polenta precocida lista para comer y los alimentos para usos médicos especiales destinados a lactantes y niños de corta edad.

El Reglamento (UE) 2024/1022 entró en vigor el 28 abril de 2024 y será de aplicación el 1 de julio de 2024. No obstante, los alimentos que figuren en el anexo y que hayan sido comercializados legalmente antes del 1 de julio de 2024 podrán seguir comercializándose hasta su fecha de consumo preferente o su fecha de caducidad.

Ponemos a su disposición nuestra experiencia y conocimiento para determinar la presencia de DON en sus productos, mediante la técnica de LC-MS/MS acreditada ISO17025. Nuestros actuales límites de cuantificación ya se ajustan a los niveles propuestos en este nuevo Reglamento.

Celia Guadaña · celia.guadana@mxns.com

Consultoría Reglamentaria

Olga Lahoz · olga.lahoz@mxns.com

Responsable Servicio Cliente