Vinos: nuevo etiquetado

En diciembre de 2021 se publicó el REGLAMENTO (UE) 2021/2117 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, que modificaba, entre otros aspectos, las normas de etiquetado de los vinos y vinos aromatizados.

Dicho reglamento estableció un periodo transitorio de 2 años, del cual ya ha transcurrido casi un año. Por ello, cabe recordar que, a partir del 8 diciembre de 2023 será obligatorio en todo el territorio de la Unión Europea (UE) que la etiqueta de los vinos contenga la lista de ingredientes y la información nutricional.

Además de incluir esta información en la etiqueta física del producto, se permite que pueda proporcionarse a través de un medio electrónico (por ejemplo: e-label o código QR), a través del cual los consumidores puedan leer toda esa información.

No obstante, si se indica la lista de ingredientes en una etiqueta electrónica, se deberá indicar en la etiqueta física la presencia de sustancias alérgenas incluyendo la palabra “contiene” seguida del nombre de la sustancia alérgena, tal y como exige actualmente la legislación.

Y si la información nutricional se indica en la etiqueta electrónica, se deberá indicar el valor energético por 100 ml de vino o vino aromatizado en la etiqueta física de la botella, el cual podrá expresarse mediante el símbolo “E” de energía.

Además, cabe tener en cuenta que dicha información no deberá exhibirse junto con otra información con fines comerciales o de comercialización y no se recopilarán ni se seguirán los datos de los usuarios.

Maria Crespan · maria.crespan@mxns.com

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