Publicada la ley española de Desperdicio Alimentario

En fecha 2 de abril de 2025 se ha publicado la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, que establece una serie de obligaciones para las empresas del sector alimentario con el objetivo de reducir el desperdicio de alimentos en toda la cadena de producción y consumo. A continuación, se resumen algunos puntos clave que las empresas alimentarias deben cumplir:

1. Plan de prevención del desperdicio alimentario: Todas las empresas de la cadena alimentaria están obligadas a elaborar un plan de prevención que identifique dónde se producen las pérdidas y establezca medidas para minimizarlas.

2. Jerarquía de destino de los alimentos: La ley establece una jerarquía de prioridades para el destino de los alimentos no vendidos:

  • Transformación: Elaboración de productos alternativos para el consumo humano.
  • Consumo humano: Donación o redistribución a través de convenios con entidades sociales o bancos de alimentos.
  • Otros usos: Alimentación animal, fabricación de piensos, uso como subproductos en otras industrias, compostaje o producción de biocombustibles.

3. Obligaciones para el sector de la hostelería y restauración: Los establecimientos de hostelería deben ofrecer a los clientes la posibilidad de llevarse los alimentos no consumidos, proporcionando envases reutilizables o fácilmente reciclables sin coste adicional. Si los envases son de plástico de un solo uso, se debe cobrar por ellos, conforme a la Ley de residuos 7/2022.

4. Buenas prácticas en empresas que venden alimentos al consumidor final: Se incentiva la venta de productos próximos a su fecha de consumo preferente o caducidad a precios reducidos, fomentando su aprovechamiento y reduciendo el desperdicio, así como productos imperfectos o productos de temporada, de proximidad o ecológicos.

5. Régimen sancionador: La ley contempla sanciones por incumplimiento que oscilan entre 2.000 euros para infracciones leves y hasta 500.000 euros para infracciones graves.

Plazos para el cumplimiento: La ley entró en vigor el 2 de enero de 2025. No obstante, la obligación de disponer de un plan de aplicación para la prevención de las pérdidas y desperdicio alimentario será el 3 de abril de 2026.

Es esencial que las empresas alimentarias revisen y adapten sus procesos para cumplir con estas obligaciones en España. No duden en contactar con nosotros para más información o solicitar nuestra colaboración.

Celia Guadaña ·celia.guadana@mxns.com

Consultoría Reglamentaria – Expert Partners