Nueva modificación del Reglamento 10/2011 sobre materiales plásticos en contacto con los alimentos -Reglamento (UE) 2023/1442-
El pasado 11 de julio de 2023, la Comisión Europea publicó el Reglamento (UE) 2023/1442 por el que se modifica el anexo I del Reglamento (UE) 10/2011, sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos, en lo que respecta a los cambios en las autorizaciones de sustancias y a la adición de nuevas sustancias.
La nueva modificación (corresponde a la decimosexta modificación del Reglamento 10/2011) entrará en vigor el próximo 1 de agosto de 2023.
En el Anexo I del Reglamento (UE) 10/2011 se establece una lista de sustancias autorizadas que pueden utilizarse en la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos.
El Reglamento (UE) 2023/1442, modifica el citado Anexo I por lo que ha añadido o modificado las limitaciones sobre las siguientes sustancias para la producción de materiales plásticos en contacto con alimentos:
| Número CAS | Descripción sustancia |
| 0000084-74-2 | Dibutilftalato («DBP») |
| 0000085-68-7 | Butilbencilftalato («BBP») |
| 0000117-81-7 | Bis (2-etilhexil) ftalato («DEHP») |
| 0068515-48-0 0028553-12-0 | Ácido ftálico, diésteres con alcoholes primarios saturados ramificados C8-C10, con más del 60 % de C9 («DINP») |
| 0000102-71-6 | Trietanolamina |
| 14797-73-0 | Ácido perclórico, sales (perclorato) |
| 1227937-46-3 | Dietil[[3,5-bis (1,1-dimetiletil)- 4-hidroxifenil] metil]fosfonato |
| 147398-31-0 | Poli[(R)- 3-hidroxibutirato-co-(R)- 3-hidroxihexanoato) («PHBH») |
| 1227937-46-3 | éster trifenílico del ácido fosforoso polimerizado con alfahidromegahidroxipoli[oxi(metil-1,2-etanodiol)] ésteres de alquilo C10-16 |
| 3319-31-1 | tris(2-etilhexil)benceno-1,2,4-tricarboxilato |
| 156157-97-0 | (trietanolamina-perclorato, sal sódica), dímero |
| – | N,N-bis(2-hidroxietil) estearilamina parcialmente esterificada con ácidos grasos saturados C16/C18 |
| 52628-03-2 | Ácido fosfórico, ésteres mixtos con metacrilato de 2-hidroxietilo |
| 2421-28-5 | Benzofenón-3,3′,4,4′- dianhídrido tetracarboxílico («BTDA») |
Asimismo, se ha revocado la autorización de las siguientes sustancias:
- Harina y fibras de madera sin tratar (sustancia MCA número 96);
- Ácido salicílico (sustancia FCM nº 121).
El Reglamento (UE) 2023/1442 otorga unos periodos transitorios:
- Todos los productos plásticos acabados que cumplan con la versión anterior a esta última modificación del Reglamento 10/2011/UE y que vayan a ser comercializados por primera vez antes del 1 de febrero de 2025, podrán permanecer en el mercado hasta agotar existencias.
- Todos los productos intermedios plásticos que se comercializarán por primera vez después del 1 de mayo de 2024 y que no sean conformes a esta actualización, sólo podrán ser utilizados por la fabricación de materiales y objetos plásticos que vayan a comercializarse antes del 1 de febrero de 2025.
- Los materiales y objetos plásticos fabricados con ácido salicílico (MCA n.o 121) o fabricados con harina o fibras de madera, no tratadas, de una especie de madera concreta podrán seguir comercializándose después del 1 de febrero de 2025 siempre que se cumplan unas condiciones concretas establecidas en el propio Reglamento.
Desde Mérieux NutriSciences les ofrecemos nuestra colaboración para la revisión y adecuación de las Declaraciones de Conformidad de sus materiales de envase, así como de la evaluación del plan analítico de dichos materiales considerando las nuevas directrices establecidas en el Reglamento (UE) Nº 2023/1442.
Rut Gómez · rut.gomez@mxns.com
Regulatory & Labelling – Expert Services
Olga Lahoz · olga.lahoz@mxns.com
Departamento de Servicio al Cliente – Análisis y Ensayos
Aleix Bohigas · aleix.bohigas@mxns.com
Silliker® Food Science Center

