Nuevas obligaciones de marcado de los envases a partir del 1 de enero de 2025

Los envases que acompañan a los productos de consumo doméstico deben seguir unas normas de marcado establecidas en el Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases, donde se indica aquella información a incorporar de manera obligatoria y voluntaria, así como aquellos mensajes prohibidos.

Uno de los cambios que se introducen es la necesidad de que los envases domésticos indiquen la fracción o contenedor en la que deben depositarse dichos residuos de envases. Esta obligación entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2025 y no aplica a los envases B2B.

La legislación no establece un modelo específico de marcado para cumplir con esta obligación, si bien en España existen logotipos de uso habitual.

Deberemos esperar a la publicación del futuro Reglamento de envases y residuos de envases, ya que éste tiene previsto establecer un etiquetado armonizado de los contenedores de residuos para todos los estados miembros, y así facilitar a los consumidores la separación de los residuos de envases.

En Mérieux NutriSciences quedamos a su disposición para asesorarle en las dudas que puedan tener al respecto.

Aleix Bohigas · aleix.bohigas@mxns.com
Técnico Responsable Silliker® Food Science Center

Rut Gómez ·rut.gomez@mxns.com

Regulatory & Labelling consultant

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